Mapa RGPD
Considerandos
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Capítulo 1 (Art. 1 – 4)
Disposiciones generales
Art. 1 – Objeto
Art. 2 – Ámbito de aplicación material
Art. 3 – Ámbito territorial
Art. 4 – Definiciones
Capítulo 2 (Art. 5 – 11)
Principios
Art. 5 – Principios relativos al tratamiento
Art. 6 – Licitud del tratamiento
Art. 7 – Condiciones para el consentimiento
Art. 8 – Condiciones aplicables al consentimiento del niño en relación con los servicios de la sociedad de la información
Art. 9 – Tratamiento de categorías especiales de datos personales
Art. 10 – Tratamiento de datos personales relativos a condenas e infracciones penales
Art. 11 – Tratamiento que no requiere identificación
Capítulo 3 (Art. 12 – 23)
Derechos del interesado
Art. 12 – Transparencia de la información, comunicación y modalidades de ejercicio de los derechos del interesado
Art. 13 – Información que deberá facilitarse cuando los datos personales se obtengan del interesado
Art. 14 – Información que deberá facilitarse cuando los datos personales no se hayan obtenido del interesado
Art. 15 – Derecho de acceso del interesado
Art. 16 – Derecho de rectificación
Art. 17 – Derecho de supresión («el derecho al olvido»)
Art. 18 – Derecho a la limitación del tratamiento
Art. 19 – Obligación de notificación relativa a la rectificación o supresión de datos personales o la limitación del tratamiento
Art. 20 – Derecho a la portabilidad de los datos
Art. 21 – Derecho de oposición
Art. 22 – Decisiones individuales automatizadas, incluida la elaboración de perfiles
Art. 23 – Limitaciones
Capítulo 4 (Art. 24 – 43)
Responsable del tratamiento y encargado del tratamiento
Art. 24 – Responsabilidad del responsable del tratamiento
Art. 25 – Protección de datos desde el diseño y por defecto
Art. 26 – Corresponsables del tratamiento
Art. 27 – Representantes de responsables o encargados del tratamiento no establecidos en la Unión
Art. 28 – Encargado del tratamiento
Art. 29 – Tratamiento bajo la autoridad del responsable o del encargado del tratamiento
Art. 30 – Registro de las actividades de tratamiento
Art. 31 – Cooperación con la autoridad de control
Art. 32 – Seguridad del tratamiento
Art. 33 – Notificación de una violación de la seguridad de los datos personales a la autoridad de control
Art. 34 – Comunicación de una violación de la seguridad de los datos personales al interesado
Art. 35 – Evaluación de impacto relativa a la protección de datos
Art. 36 – Consulta previa
Art. 37 – Designación del delegado de protección de datos
Art. 38 – Posición del delegado de protección de datos
Art. 39 – Funciones del delegado de protección de datos
Art. 40 – Códigos de conducta
Art. 41 – Supervisión de códigos de conducta aprobados
Art. 42 – Certificación
Art. 43 – Organismo de certificación
Capítulo 5 (Art. 44 – 50)
Transferencias de datos personales a terceros países u organizaciones internacionales
Art. 44 – Principio general de las transferencias
Art. 45 – Transferencias basadas en una decisión de adecuación
Art. 46 – Transferencias mediante garantías adecuadas
Art. 47 – Normas corporativas vinculantes
Art. 48 – Transferencias o comunicaciones no autorizadas por el Derecho de la Unión
Art. 49 – Excepciones para situaciones específicas
Art. 50 – Cooperación internacional en el ámbito de la protección de datos personales
Capítulo 6 (Art. 51 – 59)
Autoridades de control independientes
Art. 51 – Autoridad de control
Art. 52 – Independencia
Art. 53 – Condiciones generales aplicables a los miembros de la autoridad de control
Art. 54 – Normas relativas al establecimiento de la autoridad de control
Art. 55 – Competencia
Art. 56 – Competencia de la autoridad de control principal
Art. 57 – Funciones
Art. 58 – Poderes
Art. 59 – Informe de actividad
Capítulo 7 (Art. 60 – 76)
Cooperación y coherencia
Art. 60 – Cooperación entre la autoridad de control principal y las demás autoridades de control interesadas
Art. 61 – Asistencia mutua
Art. 62 – Operaciones conjuntas de las autoridades de control
Art. 63 – Mecanismo de coherencia
Art. 64 – Dictamen del Comité
Art. 65 – Resolución de conflictos por el Comité
Art. 66 – Procedimiento de urgencia
Art. 67 – Intercambio de información
Art. 68 – Comité Europeo de Protección de Datos
Art. 69 – Independencia
Art. 70 – Funciones del Comité
Art. 71 – Informes
Art. 72 – Procedimiento
Art. 73 – Presidencia
Art. 74 – Funciones del presidente
Art. 75 – Secretaría
Art. 76 – Confidencialidad
Capítulo 8 (Art. 77 – 84)
Recursos, responsabilidad y sanciones
Art. 77 – Derecho a presentar una reclamación ante una autoridad de control
Art. 78 – Derecho a la tutela judicial efectiva contra una autoridad de control
Art. 79 – Derecho a la tutela judicial efectiva contra un responsable o encargado del tratamiento
Art. 80 – Representación de los interesados
Art. 81 – Suspensión de los procedimientos
Art. 82 – Derecho a indemnización y responsabilidad
Art. 83 – Condiciones generales para la imposición de multas administrativas
Art. 84 – Sanciones
Capítulo 9 (Art. 85 – 91)
Disposiciones relativas a situaciones específicas de tratamiento
Art. 85 – Tratamiento y libertad de expresión y de información
Art. 86 – Tratamiento y acceso del público a documentos oficiales
Art. 87 – Tratamiento del número nacional de identificación
Art. 88 – Tratamiento en el ámbito laboral
Art. 89 – Garantías y excepciones aplicables al tratamiento con fines de archivo en interés público, fines de investigación científica o histórica o fines estadísticos
Art. 90 – Obligaciones de secreto
Art. 91 – Normas vigentes sobre protección de datos de las iglesias y asociaciones religiosas
Capítulo 10 (Art. 92 – 93)
Actos delegados y actos de ejecución
Art. 92 – Ejercicio de la delegación
Art. 93 – Procedimiento de comité
Capítulo 11 (Art. 94 – 99)
Disposiciones finales
Art. 94 – Derogación de la Directiva 95/46/CE
Art. 95 – Relación con la Directiva 2002/58/CE
Art. 96 – Relación con acuerdos celebrados anteriormente
Art. 97 – Informes de la Comisión
Art. 98 – Revisión de otros actos jurídicos de la Unión en materia de protección de datos
Art. 99 – Entrada en vigor y aplicación
Considerando 44 - Ejecución de un contrato
El tratamiento debe ser lícito cuando sea necesario en el contexto de un contrato o de la intención de concluir un contrato.
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